Estándares y/o regulaciones internacionales

En esta sección podrá encontrar un breve resumen y características de los estándares y/o reglamentos para los cuales solicitaron acceso a la información pública los esquemas inscriptos en el Directorio.


REGLAMENTO UE 2023/1115- PRODUCTOS LIBRES DE DEFORESTACION - EUDR


¿Qué es el EUDR?

Es el Reglamento (UE) 2023/1115 sobre productos libres de deforestación, conocido como EUDR por sus siglas en inglés: EU Deforestation Regulation.

El objetivo que plantea la normativa del EUDR es que los productos que ingresen a la Unión Europea provengan de zonas libres de deforestación para un grupo determinado de productos que se comercialicen en dicho mercado.

Este Reglamento, postergado dos veces, tiene como fecha prevista de entrada vigencia para el 30 de diciembre de 2026. La última modificación aprobada por el Consejo y el Parlamento Europeo incluyó simplificaciones para micro o pequeños operadores, y actualmente se encuentra en debate la última propuesta de modificación de la Comisión Europea, la cual incluye cambios en la lista de los productos y las materias primas relevantes, donde se destaca la eliminación de cueros y pieles. Los productos alcanzados son:

 

Bovinos: vivos; carne; despojos y demás preparaciones.

Cacao: grano; cascara y demás; pasta; manteca; polvo; chocolate y demás preparaciones.

Café: grano; cascara y sucedáneos

Palma aceitera: nueces y almendras; aceites; torta y demás residuos sólidos; ácidos y alcoholes derivados.

Caucho: natural; mezclado; vulcanizado y sin vulcanizar; en formas primarias; placas, hojas, tiras, hilos y cuerdas; bandas; varillas; perfiles; correas transportadoras o de transmisión; neumáticos y cámaras; prendas de vestir; demás manufacturas.

Soja: granos; harina; aceite; torta y demás residuos.

Madera: leña; carbón vegetal; madera en bruto; flejes, rodrigones y estacas; lana y harina de madera; durmientes; aserrada; hojas para chapado; perfilada; tableros; contrachapada, chapada y estratificada; densificada; marcos para cuadros y otros; cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares; barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería; herramientas, monturas y mangos; obras y piezas de carpintería para construcción; artículos de mesa o cocina; marquetería y taracea; demás manufacturas; pasta de madera y de papel; productores editoriales; asientos; muebles construcciones prefabricadas.

La UE estableció la entrada en vigencia del mismo el 31 de diciembre de 2026.

 

Acciones de Argentina frente al Reglamento

Como premisa central, Argentina sostiene en los distintos ámbitos de debate internacional y regional que estos nuevos requisitos que los mercados están planteando, deben basarse en evidencia científica y no generar efectos de restricción del comercio en concordancia con los acuerdos y reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

En ese sentido, y en particular, respecto del Reglamento, Argentina ha manifestado sus objeciones al enfoque unilateral de esta normativa, la cual representa una barrera injustificada al comercio internacional y es incompatible con los compromisos asumidos por la Unión Europea en el marco de la Organización Mundial del Comercio. Sin embargo, con el fin de evitar disrupciones a sus exportaciones a la UE, la SAGyP ha venido realizando, junto a la Cancillería, la Subsecretaria de Ambiente y representantes del sector privado de las cadenas bovina, soja y forestal, distintas actividades y acciones, tales como:

  • Presentaciones realizadas en forma individual, así como en conjunto con los países miembros del CAS ante la UE y la OMC, transmitiendo la preocupación por este tipo de normas que no se basan en ciencia y se convierten en barreras no arancelarias.

  • Presentación de un Informe País, respecto de la situación de las cadenas de producción de soja, carne y madera, con el objetivo de brindar información sobre caracterizar la situación de la República Argentina en materia de producción y comercio exterior de productos agroindustriales;
    Informe de la República Argentina, respecto de la situación de las cadenas de producción de soja, carne y madera (versión resumida)

  • Se solicitó la revisión de la calificación de riesgo otorgada al país, así como la simplificación de registros y documentos necesario para cumplir con el Reglamento.

  • Creación del Directorio de esquemas de diferenciación agroindustriales, que tiene como objetivo Identificar, sistematizar y promover los esquemas de diferenciación para la agroindustria, tanto de índole pública como privada, que requieran para optimizar, mejorar o eficientizar sus procesos y/o para fundamentar la alegación de atributos sobre los sistemas productivos argentinos, el acceso a distintas fuentes de información pública para dar cumplimiento a estándares y/o regulaciones internacionales, facilitando el proceso exportador, tales como el EUDR. Consulta acá los esquemas inscriptos

  • Agenda de reuniones bilaterales con Autoridades Competentes de la Unión Europea de los principales destinos de exportación de los productos argentinos alcanzados por el EUDR, con el objetivo de presentar la información publica como respuesta a los requisitos solicitados y promover los esquemas inscriptos en el Directorio.

 

Más información: environment.ec.europa.eu/topics/forests/deforestation/regulation-deforestation-free-products_en?prefLang=es&etrans=es